Saltar al contenido
Estatutos de Florida Cap. 83

Términos de Servicio y Contrato de Renta

Condiciones legales que rigen el uso del sitio web, el proceso de reservación y el contrato de arrendamiento residencial mensual en Florida.

Última actualización: September 2026

1. Naturaleza del Contrato y Duración Mínima

Todos los contratos celebrados con Julio Rentals LLC constituyen arrendamientos residenciales de mes a mes regidos por la Parte II del Capítulo 83 de los Estatutos de Florida. La estancia mínima obligatoria es de treinta (30) noches consecutivas. No ofrecemos hospedaje turístico diario, semanal ni transitorio. Al confirmar una reservación en este sitio web, usted declara ser mayor de 18 años y contar con la capacidad legal para formalizar un contrato de arrendamiento.

2. Límites de Ocupación Estricta

Para garantizar la seguridad, el cumplimiento de códigos de zonificación municipal y la preservación de los sistemas hidrosanitarios, cada propiedad tiene un número máximo de ocupantes autorizados:

  • The Havilan Coach (Lehigh Acres, FL): Máximo 2 huéspedes
  • The 114th Ave Coach (Miami, FL): Máximo 2 huéspedes
  • 30th Street One Bedroom (Miami, FL): Máximo 2 huéspedes
  • 30th Street Duplex (Miami, FL): Máximo 6 huéspedes

Cualquier persona no registrada que pernocte en la propiedad por más de 3 días consecutivos sin consentimiento previo por escrito constituye una violación al contrato de arrendamiento.

3. Pagos, Depósito y Facturación

Al momento de apartar sus fechas en línea, se cobra un depósito de garantía mediante Stripe Checkout. Dicho depósito retira las fechas del calendario inmediatamente. El saldo restante de la renta mensual se factura electrónicamente antes del día de inicio de la estancia (check-in) y debe liquidarse en su totalidad antes de la entrega de llaves o códigos de acceso.

4. Obligaciones del Arrendador (Estatuto de Florida § 83.51)

Julio Rentals LLC se compromete a mantener la propiedad en condiciones de habitabilidad, cumpliendo con todos los códigos aplicables de edificación, vivienda y salud pública de Florida:

  • Integridad estructural de techos, ventanas, puertas y pisos.
  • Plomería, agua corriente caliente y fría, drenaje y sistemas sépticos operativos.
  • Sistemas de aire acondicionado e instalaciones eléctricas en condiciones seguras de operación.
  • Cerraduras seguras en accesos principales.

5. Obligaciones del Inquilino (Estatuto de Florida § 83.52)

El inquilino acepta mantener la vivienda limpia y segura, retirar la basura de forma oportuna, operar adecuadamente los aparatos eléctricos y de plomería, y respetar las horas de tranquilidad (10:00 PM a 7:00 AM) para no perturbar el descanso pacífico de los vecinos adyacentes. Quedan expresamente prohibidas las fiestas masivas, la subrenta no autorizada (Airbnb, VRBO o cesión a terceros) y cualquier actividad ilícita en el predio.

6. Jurisdicción y Ley Aplicable

Este contrato se interpreta y rige conforme a las leyes del Estado de Florida. En caso de disputa, las partes se someten a la jurisdicción de los tribunales competentes de Miami-Dade County o Lee County, Florida, según la ubicación de la propiedad rentada.

¿Busca una estancia mensual en Florida?

Conozca nuestras cuatro propiedades en South Miami-Dade y Lehigh Acres. Todas disponibles para estancias de 30 noches o más con verificación directa y depósito en línea.